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La revisión del EIA de Quellaveco

Publicado: 2012-05-02

Recientemente tuve conocimiento del documento presentado por la Junta de Usuarios de Moquegua, sobre el pedido de revisión del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto minero Quellaveco, el mismo que se ubica en la región Moquegua, cuyo titular es la empresa Anglo American. Veamos cuales sus fundamentos técnicos y legales.

Con fecha 18/Dic./2000 mediante Resolución Directoral Nº 266-2000-EM/DGAA, se aprobó el  EIA del proyecto minero Quellaveco Luego con fecha 23/Abril/2010 mediante Resolución Directoral Nº 140-2010-MEM/AAM, se aprobó la Primera Modificación del EIA. Posteriormente con fecha 05/Oct./2010 mediante Resolución Directoral Nº 319-2010-MEM/AAM, se aprobó la Segunda Modificación del EIA.

El EIA del proyecto minero Quellaveco fue realizado antes del año 2000, se hizo cuando existía otro marco legal vigente en el país, cuyas normas están derogadas, así tenemos por ejemplo el Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, Dec. Leg. Nº 613; La Ley Nº  26786 modificada por Decreto Legislativo 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversion Privada, entre otras normas. De acuerdo a la normatividad legal existente cuando se realizó el EIA del proyecto minero Quellaveco para explotación (Año 2000) el proceso se componía básicamente de cinco pasos: Establecer las condiciones ambientales existentes; Identificar anticipadamente los tipos de impactos, utilizando las metodologías más apropiadas al tipo de proyecto y a su naturaleza; Estimar la extensión y magnitud de los impactos previstos; interpretar el significado de los impactos;  Comunicar los resultados a la autoridad pertinente.

Los principales componentes del proyecto se dividían en cuatro aéreas principales: Suministro de Agua; Ruta de Suministro de Agua; Operaciones; Corredor de Embarque y Acceso. El Área de Suministro de Agua estaba ubicada en la parte  alta de la cuenca del rio Chilota, captando aguas subterráneas y abarcando aproximadamente 295 km2, y sobre los 4500 msnm; La Ruta de Suministro de Agua consideraba una red de tuberías hasta el área de operaciones de aproximadamente 55 km;  El Corredor de Embarque y Acceso consideraba una red de caminos e instalaciones portuarias en el Puerto de Matarani; El Área de Operaciones del Proyecto Quellaveco consideraba la explotación del tajo abierto, planta de molienda, instalaciones para acopio de estériles, instalaciones para el depósito de relaves y el sistema de desvío del rio Asana.

Las dos modificaciones aprobadas el año 2010 al EIA del proyecto minero Quellaveco, se realizaron con el actual y vigente marco legal, que es cualitativamente mejor al anterior. Asi tenemos la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto Ambiental y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM. Estos cambios sustanciales producidos en las dos modificaciones han considerado: Un nuevo Sistema de Abastecimiento de Agua; Una nueva Ubicación y Tamaño de la Planta Concentradora; La apertura de nuevos Caminos de Acceso a la Mina; Una nueva Ruta de Transporte del Concentrado desde Moquegua hacia el puerto de Enersur (Ilo); La Construcción de las nuevas Instalaciones de Embarque de Concentrados en el Puerto Enersur (Ilo); La Construcción del trazo de la línea de Transmisión Eléctrica desde la Subestación Montalvo (Moquegua) hacia la Subestación en el paraje Papujune (Torata).

Las dos modificaciones aprobadas por la autoridad minero ambiental son en realidad “cambios sustanciales y significativos al Estudio de Impacto Ambiental aprobado el año 2000”. En aras de la transparencia y conforme lo establece el nuevo marco legal vigente, lo que correspondía era presentar un nuevo EIA del proyecto minero Quellaveco y no una simple modificación. La Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, establece que “los actos administrativos pierden efectividad y ejecutoriedad cuando transcurridos cinco años de adquirida firmeza no se han iniciado los actos para su ejecución”. Al no haberse ejecutado las correspondientes medidas para el desarrollo del proyecto minero minero Quellaveco en su oportunidad, el titular perdió su derecho. Complementariamente, el Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, establece que “los Estudios de Impacto Ambiental deben ser actualizados por el titular a los cinco años de operación o a los tres años de su aprobación”, situación que no se dio para el caso de Quellaveco.

Adicionalmente, mediante Resolución Ministerial N° 239-2010-MINAM, se establece el Procedimiento de Revisión Aleatoria de los Estudios de Impacto Ambiental aprobados. Esta revisión aleatoria es un análisis técnico desarrollado por el Ministerio del Ambiente, a través de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental con la colaboración de las autoridades competentes que conforman el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental. Esta revisión aleatoria también puede ser realizado por revisores externos por expreso encargo del Ministerio del Ambiente.

En el país existen dos antecedentes importantes sobre revisión de los Estudios de Impacto Ambiental de proyectos mineros. El caso del proyecto minero Tía María en Arequipa, donde la UNOPS realizo la revisión al EIA por encargo del Ministerio de Energía y Minas. Igualmente se tiene el proyecto minero Conga en Cajamarca, donde el Ministerio del Ambiente contrato a tres consultores externos para la realización de un peritaje al EIA.

Existe por lo tanto un marco legal favorable para la realización de una revisión integral e integra al EIA del proyecto minero Quellaveco. Si el EIA aprobado por la autoridad del Ministerio de Energía y Minas (DGAAM) cumple con los estándares y exigencias mínimas para una asegurar una operación minera segura, confiable y transparente, así como una adecuada supervisión, control y corrección de los impactos ambientales negativos derivados del proyecto. ¿Cuál es el temor para no aceptar una revisión al Estudio de Impacto Ambiental del proyecto Quellaveco?. El debate está abierto.


Escrito por

jfgomezu

Abogado


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jesusgomezurquizo

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